COLEGIATURA_conv_laboral

Conoce la importancia del Comité de Convivencia Laboral para el Bien-Estar de la Comunidad Colegiatura.

Para Colegiatura es importante generar Bien-Estar para sí y para el otro promoviendo el talento humano para cada uno de los procesos administrativos a través del desarrollo humano y las áreas de manifestación.
La conformación del Comité de Convivencia Laboral en las organizaciones se realiza como medida preventiva de acoso laboral.

¿Qué es el Comité de Convivencia?

Es un grupo de vigilancia de conformación obligatoria para todas las empresas públicas o privadas, que tiene como finalidad contribuir a la protección de los trabajadores contra los riesgos psicosociales que afectan la salud en los lugares de trabajo (Resolución 1356 de 2012).

¿Quiénes lo conforman?

Está compuesto por dos (2) representantes del empleador y dos (2) de los trabajadores con sus respectivos suplentes.

¿Por cuánto tiempo se eligen y cada cuánto se deben reunir?

Los miembros son elegidos por un período de dos años. Deben reunirse cada 3 meses o de manera extraordinaria cuando se requiera.

¿Los miembros deben cumplir con algunas características especiales?

Preferiblemente deben contar con competencias actitudinales y comportamentales que reflejen respeto, imparcialidad, tolerancia, serenidad, confidencialidad, reserva en el manejo de información y ética. Así mismo, habilidades de comunicación asertiva, liderazgo y resolución de conflictos.

¿Existen inhabilidades tanto para los representantes de ambas partes?

El Comité no podrá ser integrado por quien tenga queja de acoso laboral o sea víctima en los últimos seis meses.

¿El Comité de Convivencia tiene una estructura jerárquica?

Al interior del Comité se debe elegir un presidente y un secretario, quienes convocan las reuniones y llevan registros de las mismas. Los empleadores tienen la responsabilidad de asignar un espacio físico para guardar los documentos de manera confidencial y el tiempo para que los integrantes puedan desarrollar sus funciones, así mismo para gestionar su capacitación y entrenamiento.
Funciones del Comité de Convivencia:

  • Recibir, analizar y dar trámite a las quejas que se presentan, en las que se describen situaciones que puedan constituir acoso laboral.
  • Escuchar a las partes involucradas de manera individual.
  • Promover espacios de diálogo para llegar a una solución efectiva de las controversias.
  • Formular planes de mejora.
  • Sugerir a la alta dirección medidas preventivas y correctivas.
  • Realizar seguimiento a las recomendaciones dadas.
  • Comunicar a la alta dirección aquellos casos en los que no se logre un acuerdo o no se cumplan las recomendaciones.
  • Realizar informes trimestrales y anuales con los resultados de su gestión, elaborar estadísticas de quejas y reclamos y brindar información a los organismos de control.

¿Qué es acoso laboral?

Según la Ley 1010 de 2006 es toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un trabajador por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo o inducir la renuncia del mismo.

Integrantes Comité de Convivencia Laboral Colegiatura:

Principales:

  • Catalina Messino (Presidente), Coordinadora Unidad de Bien-Estar
  • Mónica Laverde, Jefe de Carrera Diseño de Modas
  • Luz Marina Vélez, Jefe de Posgrados
  • Ana Cristina Tabares, Secretaria General

Suplentes:

  • Carolina Álvarez, Coordinadora del SGI
  • Daniela Betancur, Asesora en Formación
  • Jorge Villa, Coordinador de Tesorería
  • Adriana Betancur, Subdirectora de Interculturalidad

Secretaria:

  • Katherine Blandón, Enfermera Bien-Estar

En caso que algún empleado de Colegiatura considere sospecha de abuso laboral, puede solicitar acompañamiento a los integrantes del Comité de Convivencia.